Ley Ricarte Soto

¿Qué es la Ley Ricarte Soto?

La Ley Ricarte Soto es un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo, que posee cobertura universal. Es decir, otorga protección financiera (sin copago) a todos los usuarios de los sistemas previsionales de salud: FONASA, CAPREDENA, DIPRECA e ISAPRES, sin importar su situación socioeconómica.

¿La Ley Ricarte Soto entrega cobertura a la DA?

La Ley Ricarte Soto cubre enfermedades de alto costo. Actualmente la D.A. no está incluida en la ley. El alto costo de los tratamientos que aflige a pacientes y familiares. Son diversas las cremas que deben utilizar, sumando a los medicamentos diarios que deben ingerir. Es por eso que en septiembre del 2020 la Fundación Creciendo con Alergias presentó una solicitud que busca integrar a la dermatitis atópica en la Ley Ricarte Soto, disminuyendo con esto el costo asociado a la enfermedad y permitiendo el tratamiento continuo de los pacientes, sin que este deba ser interrumpido por la falta de recursos económicos de quien padece la enfermedad.

Datos indican que el 75% de quienes tienen dermatitis atópica “no tratada y no controlada tienen posibilidad de desarrollar otras manifestaciones, como rinitis alérgica o asma bronquial, entonces por eso se habla de la afectación y calidad de vida donde no solo la piel se afecta, sino que puede tener otras repercusiones, lo que le otorga mayor relevancia el lograr la cobertura del tratamiento.

Se puede encontrar más información de la Ley Ricarte Soto en www.minsal.cl y en www.fonasa.cl